2.- Criterios de priorización utilizados en la planificación de las actuaciones sobre infraestructuras educativas.
 

Los criterios de priorización de las actuaciones en infraestructuras educativas son los que se detallan a continuación:

  1. Necesidades de escolarización. Es el criterio básico utilizado para la decisión de construcción de nuevas infraestructuras educativas o en la ampliación de las existentes, y se determina a partir de las informaciones siguientes:
  • Evolución de la población en edad escolar
  • Evolución de los datos de escolarización
  • Relación matrícula/oferta de plazas (ratios)

  • Presencia de aulas modulares: Está relacionado con el anterior, y se priorizan las actuaciones que suponen la supresión de aulas modulares.

  • Existencia de deficiencias estructurales o que puedan afectar a la seguridad de las personas: Se mujer la máxima prioridad a las reformas o reparaciones de elementos estructurales, especialmente en el caso de aquellas deficiencias que pueden dar lugar a situaciones de riesgo. En este supuesto se encuentran las deficiencias que señalan las Inspecciones Técnicas de Edificios (ITE), y así se hace constar en estos casos.

  • Puesta de solar a disposición de la Consejería|Conselleria de Educación y Universidad. Este es un factor limitante para proceder al proyecto y ejecución de una nueva infraestructura educativa y, en determinadas ocasiones, también para una ampliación, y por eso se utiliza también como criterio de priorización, conjuntamente con los criterios 1 y 2.

  • Demanda del Ayuntamiento. Se han tengut en cuenta las demandas realizadas por los municipios de las Islas Baleares, con reuniones presenciales con 48 de los 65 existentes.

  • Demanda del centro educativo. Se tienen en cuenta las demandas de los centros educativos, en función de la valoración que se hace de la urgencia de la actuación, y con la premisa de dar respuesta al máximo número de solicitudes y de centros educativos.

  • Eliminación de barreras arquitectónicas. Obligada por la legislación vigente, Decret110/2010 de 15 de octubre, por|para el cual se aprueba el reglamento para la mejora de la accesibilidad y la supresión de barreras arquitectónicas y afectada por financiación finalista (BEI).

  • Eliminación de instalaciones de fibrocemento. Actuaciones prioritarias debido a la peligrosidad potencial de este tipo de instalaciones caso que se manipulen o se rompan como consecuencia del paso del tiempo. También afectadas por financiación finalista (BEI).

  • Criterio de distribución territorial. Se utiliza un criterio de priorización compensatorio, a fin de que el presupuesto global de las actuaciones en cada isla se corresponda aproximadamente con la proporción de población escolar en relación con el total de alumnado de las Islas Baleares. Atendiendo a la situación de déficit histórico de las infraestructuras de las islas de Eivissa y Formentera, el porcentaje del presupuesto global para infraestructuras educativas supera en estas islas lo que correspondería por|para la aplicación estricta del criterio arriba mencionado.

  • Existencia de financiación finalista (BEI/FEDER). Se priorizan aquellas actuaciones afectadas por financiación finalista (Banco Europeo de Inversiones (BEI) o Fondo Europeo de Desarrollo Regional de la Unión Europea (FEDER)).

  • Posibilidad de otras fuentes de financiación (convenios con Ayuntamientos, etc.). Se priorizan actuaciones que cuentan con colaboración de los Ayuntamientos.

Plan|Plano de Infraestructuras Educativas 2016-23