Inscripción
La inscripción para hacer las pruebas libres de la convocatoria ordinaria se tiene que formalizar entre el 5 de febrero y el 5 de marzo de 2024, ambos incluidos.
La inscripción se realizará preferentemente de forma telemática.
Acceso al trámite telemático: https://www.caib.es/seucaib/es/200/persones/tramites/tramite/6028109/
Excepcionalmente la inscripción se podrá hacer de manera presencial en cualquier registro del Gobierno de las Islas Baleares. En este caso se tiene que rellenar el anexo 2 de la resolución, que podéis descargar en el siguiente enlace:
Y presentarlo junto con la documentación adicional necesaria.
Tanto si la inscripción se hace de manera telemática como presencial se tiene que presentar, si procede, la siguiente documentación:
1. Certificación académica o libro de escolaridad.
En caso de solicitar la exención de algún ámbito de la prueba tiene que presentar la certificación académica o el libro de escolaridad en los siguientes casos:
- Si ha superado el ámbito del cual solicita la exenpción en otra comunidad autónoma.
- Si en el impreso de solicitud se ha opuesto a que se consulten los datos y los documentos necesarios para su tramitación.
Podéis consultar los ámbitos reconocidos en la tabla del anexo 3 del Decreto 85/2019, de 8 de noviembre, de orenación de las enseñanzas de la educación secundaria para las personas adultas:
Decreto 85/2019, de 8 de noviembre, de ordenación de las enseñanzas de la educación secundaria
para las personas adultas
2. Fotocopia del documento nacional de identidad o equivalente.
Tiene que presentarla en caso que se haya opuesto a que se consulten los datos y los documentos necesarios para su comprovación.
3. Acreditación de la discapacidad reconocida del solicitante.
Si ha solicitado adaptaciones de accéso para realizar la prueba tiene que presentar la acreditación en los siguientes casos:
- Si ha obtenido la acreditación en otra comunidad autónoma.
- Si ha obtenido la acreditación en las Illes Balears però se ha opuesto a que se consulten los datos y los documentos necesarios para su comprobación.
4. Resolución o solicitud de exención de la evaluación de Lengua Catalana y Literatura (esta solicitud depende del Servicio de Normalización Lingüística y Participación Educativa, Consejería de Educación y Universidades).
Se debe presentar si se ha pedido la exención de la evaluación del campo de conocimiento de Lengua Catalana y Literatura del ámbito de comunicación. Si no se dispone de este documento en el momento de formalizar la inscripción se puede presentar en el momento de realizar el ejercicio del ámbito de comunicación. Si no se presenta se deberá examinar del campo de conocimiento de Lengua Catalana y Literatura.
Para más información:
ordenacio@dgplacen.caib.es
Teléfono: 971177783