La política regional europea tiene como finalidad concretar la solidaridad de la Unión mediante la cohesión económica y social, reduciendo la divergencia entre los niveles de desarrollo de las distintas regiones.
Con un enfoque específico, la política regional europea aporta a las actuaciones sobre el terreno un "valor añadido". La política ayuda a financiar proyectos concretos en favor de las regiones, las ciudades y sus ciudadanos. La idea consiste en crear regiones capaces de desempeñar plenamente su papel en favor de un mayor crecimiento y competitividad e intercambiar al mismo tiempo ideas y "buenas prácticas". Este es precisamente el objetivo de la nueva iniciativa las regiones, por el cambio económico. La política regional en su conjunto coincide con las prioridades que se fija la Unión Europea en favor del crecimiento y el empleo.
Instrumentos de la Política Regional.
Aparte de los Fondos Estructurales y del Fondo de Cohesión, existen otros instrumentos que hacen posible la Política Regional, para el nuevo período 2007-2013 se han creado las agrupaciones europeas de cooperación territorial (AECT), sirven como instrumento de cooperación a escala comunitaria para superar los obstáculos que dificultan la cooperación transfronteriza, ya que permiten que las agrupaciones cooperativas puedan poner en marcha proyectos de cooperación territorial cofinanciados por la Comunidad o llevar a cabo actividades de cooperación territorial por iniciativa de los Estados miembros.
También hay que destacar el Acuerdo interinstitucional y marco financiero (2007-2013), concluido entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión el 17 de mayo de 2006, contiene el marco financiero para el período 2007-2013 a los efectos de aplicar la disciplina presupuestaria. Otro de los objetivos del Acuerdo es mejorar también el desenvolvimiento del procedimiento presupuestario anual y la cooperación interinstitucional en materia presupuestaria.
¿Qué es el Marco Comunitario de Apoyo?
El documento aprobado por la Comisión una vez analizado el plan de desarrollo presentado por el Estado miembro interesado en el que se describan la estrategia y las prioridades de la acción, sus objetivos específicos, la participación de los Fondos y los demás recursos financieros. Este documento estará dividido en ejes prioritarios y se aplicará mediante uno o más programas operativos.
Estrategia de Lisboa, origen y fundamentos.
Durante el Consejo Europeo de Lisboa (marzo de 2000), los Jefes de Estado y de Gobierno pusieron en marcha una estrategia denominada «de Lisboa» con el fin de hacer de la Unión Europea la economía más competitiva del mundo y alcanzar el pleno empleo antes de 2010. Desarrollada en varios Consejos Europeos posteriores al de Lisboa, esta estrategia se basa en tres pilares:
1- un pilar económico, que debe preparar la transición hacia una economía competitiva, dinámica y basada en el conocimiento; se hace hincapié en la necesidad de adaptarse continuamente a la evolución de la sociedad de la información y en los esfuerzos que deben hacerse en el terreno de la investigación y el desarrollo;
2- un pilar social, que debe permitir modernizar el modelo social europeo gracias a la inversión en los recursos humanos y a la lucha contra la exclusión social; se insta a los Estados miembros a que inviertan en educación y formación y a que pongan en práctica una política activa para el empleo con el fin de facilitar el paso a la economía del conocimiento;
3- un pilar medioambiental, añadido en el Consejo Europeo de Gotemburgo de junio de 2001, que llama la atención sobre el hecho de que el crecimiento económico debe ir disociado de la utilización de los recursos naturales.
¿Qué es el Marco Estratégico Nacional de Referencia y que funciones tiene?
Para definir el Marco Estratégico Nacional de Referencia es necesario atribuirle un doble carácter de documento financiero y documento estratégico.
Como documento financiero incorpora la dotación para la política regional y de cohesión territorial prevista para España en el Acuerdo del Consejo Europeo de 16 de diciembre de 2005, que aprueba las Perspectivas Financieras para el período 2007-2013.
Como documento estratégico establece la estrategia diseñada para el Fondo de Cohesión, el Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) y el Fondo Social Europeo (FSE) para el mismo período 2007-2013. En cuanto documento estratégico define la contribución de la política regional española al cumplimiento de los objetivos de la Estrategia de Lisboa en desarrollo de determinadas medidas previstas en el Plan Nacional de Reformas de España.
Asimismo, traduce las Directrices Estratégicas Comunitarias en materia de cohesión al contexto específico de las regiones españolas, individualizando regionalmente la estrategia general definida a nivel de la Unión Europea.
Gestión y Control del Período 2007-2013. Conceptos.
Aspectos a tener en cuenta por parte de Los sistemas de gestión y control.
Los sistemas de gestión y control de los programas operativos establecidos por los Estados miembros deberán prever:
- la definición de las funciones de los organismos responsables de la gestión y el control;
- el cumplimiento del principio de separación de funciones entre dichos organismos;
- procedimientos que garanticen la exactitud y regularidad del gasto declarado en el marco del programa operativo;
- sistemas de contabilidad, seguimiento e información financiera;
- un sistema de información y seguimiento en que el organismo responsable confíe la ejecución de los cometidos a otro organismo;
- unas reglas para auditar el funcionamiento de los sistemas;
- sistemas y procedimientos que garanticen una pista de auditoría adecuada;
- procedimientos de comunicación y seguimiento en relación con las irregularidades y la recuperación de los importes indebidamente abonados.
En relación con cada programa operativo, el Estado miembro deberá designar lo siguiente:
- una autoridad de gestión (una autoridad pública o un organismo público o privado, nacional, regional o local, para gestionar el programa operativo);
- una autoridad de certificación (una autoridad u organismo público, nacional, regional o local, a fin de certificar las declaraciones de gastos y las solicitudes de pago antes de su envío a la Comisión);
- una autoridad de auditoría (una autoridad u organismo público, nacional, regional o local, designado para cada programa operativo y responsable de verificar el funcionamiento efectivo del sistema de gestión y control).
¿Qué es una Autoridad de Gestión?
Toda autoridad o todo organismo público o privado, nacional, regional o local designado por el Estado miembro o el Estado miembro cuando ejerza él mismo dicha función, para gestionar una intervención de los Fondos Estructurales. En caso de que el Estado miembro designe a una autoridad de gestión diferente de él mismo, dicho Estado fijará todas las modalidades de sus relaciones con esa autoridad de gestión y de las relaciones de ésta con la Comisión. Si es designado por el Estado miembro interesado podrá tratarse del mismo organismo que intervenga como autoridad pagadora de las intervenciones de que se trate.
Información y publicidad de los Fondos Europeos.
Los Estados miembros y la autoridad de gestión del programa operativo darán a conocer las operaciones y los programas objeto de cofinanciación y facilitarán información al respecto. Dicha información irá dirigida a los ciudadanos de la Unión Europea y a los beneficiarios con la finalidad de destacar el papel desempeñado por la Comunidad y garantizar la transparencia de la ayuda procedente de los Fondos.
¿Cómo se controlan las actuaciones co-financiadas por Fondos Europeos?
Las disposiciones generales sobre el FEDER, el FSE y el Fondo de Cohesión establecen que los Estados miembros deben transmitir a la Comisión una descripción de los sistemas de gestión y control, y un informe en el que se expongan los resultados de la evaluación de los sistemas establecidos.
La Comisión se basa en dichos documentos para cerciorarse de que los Estados miembros utilizan la ayuda financiera de conformidad con las normas aplicables necesarias para proteger los intereses financieros de la Comunidad. Éste es el motivo por el que el Reglamento indica la información que deben contener los documentos.
El Reglamento de control establece disposiciones específicas con respecto a:
- los organismos intermedios, las autoridades de gestión y las autoridades de certificación;
- las auditorías de las operaciones;
- la descripción y la evaluación de los sistemas de gestión y control;
- las condiciones que han de cumplirse cuando las verificaciones in situ se realicen por muestreo;
- los elementos que deben incluir los registros contables y las pistas de auditoría.
¿Qué es un Programa Operativo?. Programas Operativos del período 2007-2013.
Es un documento aprobado por la Comisión para desarrollar un marco comunitario de apoyo, integrado por un conjunto coherente de ejes prioritarios compuestos por medidas plurianuales, para la realización del cual puede recurrirse a uno o más Fondos, a uno o más instrumentos financieros, así como el BEI. Un programa operativo integrado es un programa operativo cuya financiación corre a cargo de varios Fondos
Los programas operativos de los Estados miembros, del nuevo período, cubren desde el 1 de enero de 2007 hasta el 31 de diciembre de 2013. Cada programa operativo solamente hace referencia a uno de los tres objetivos y únicamente recibe financiación de un solo Fondo. La Comisión evalúa cada programa propuesto a fin de determinar si contribuye a los objetivos y a las prioridades:
- del marco estratégico nacional de referencia;
- de las orientaciones estratégicas comunitarias en materia de cohesión.
Los programas operativos relativos a los objetivos de «Convergencia» y «Competitividad regional y empleo» contendrán la siguiente información:
- una motivación de las prioridades seleccionadas a la luz de las orientaciones estratégicas comunitarias en materia de cohesión y del marco estratégico nacional de referencia;
- información sobre los ejes prioritarios y sus objetivos específicos;
- un plan de financiación;
- las disposiciones de aplicación del programa operativo;
- una lista de los grandes proyectos. Se trata de proyectos vinculados a una operación que comprenda una serie de obras, actividades o servicios cuyo coste total sobrepase los 25 millones de euros, si se refiere al medio ambiente, y 50 millones de euros si afecta a otros ámbitos.
Plan de Comunicación. Concepto y contenidos.
La autoridad de gestión redacta un plan de comunicación para los programas operativos de los que es responsable, o bien lo hace el Estado miembro para varios de los programas operativos cofinanciados por el FEDER, el FSE o el Fondo de Cohesión, o para todos ellos.
El plan de comunicación contempla los objetivos, la estrategia, el contenido, la realización y la evaluación de las medidas de información y publicidad que han de adoptar los Estados miembros o las autoridades de gestión, teniendo en cuenta el valor añadido de la ayuda comunitaria a nivel nacional, regional y local, destinadas a:
los beneficiarios potenciales;
los beneficiarios;
el público en general.
Las medidas destinadas a los beneficiarios potenciales incluyen los criterios de admisibilidad, los procedimientos para presentar una solicitud de financiación y los criterios de selección (procedimiento de examen de las solicitudes) que se aplican.
Las autoridades de gestión se encargan de organizar medidas de información y publicidad destinadas al público sobre la puesta en marcha y la realización de un programa operativo mediante diferentes formas y métodos de comunicación.
Para informar al público de la ayuda financiera recibida, los beneficiarios de un programa operativo cofinanciado por el FEDER, el FSE o el Fondo de Cohesión deben adoptar medidas específicas (colocación de un cartel o placa explicativa) cuando la contribución pública total supera los 500 000 euros.
A fin de garantizar el intercambio de buenas prácticas y experiencia, pueden crearse redes comunitarias compuestas por personas de contacto responsables de la información y la publicidad designadas por las autoridades de gestión. Los Estados miembros pueden designar a una única persona de contacto para todos los programas operativos.
Los Estados miembros presentan a la Comisión el desglose indicativo por categorías del uso programado del FEDER, el FSE y el Fondo de Cohesión a nivel de los programas operativos, así como informes de ejecución anuales y finales.
Gestión de irregularidades detectadas en base a controles efectuados.
Los Estados miembros comunican a la Comisión las irregularidades que han sido objeto de un primer acto de comprobación administrativa o judicial. A continuación, le informan de los procedimientos establecidos con respecto a todas las irregularidades previamente notificadas, así como de los cambios importantes resultantes.
Los Estados miembros comunican inmediatamente a la Comisión y a los demás Estados miembros afectados cualquier irregularidad detectada o sobre la que existan sospechas, cuando teman que dicha irregularidad pueda tener repercusiones muy rápidas fuera de su territorio o se ponga de manifiesto que se ha recurrido a una nueva práctica irregular.
Cuando un Estado miembro no mantenga durante el período de programación un objetivo de gasto estructural público convenido, no debe aplicarse ninguna corrección financiera si la diferencia entre el objetivo convenido y el alcanzado es igual o inferior al 3% del nivel fijado (umbral mínimo).
¿Qué es una Autoridad pagadora?
Una o varias autoridades nacionales, regionales o locales, u organismos designados por el Estado miembro para elaborar y presentar solicitudes de pago y recibir pagos de la Comisión. El Estado miembro determinará todas las modalidades de su relación con la autoridad pagadora, así como todas las modalidades de las relaciones de esta última con la Comisión.
¿De que forma se gestionan los Fondos Europeos?
En lo que se refiere a la gestión financiera, los compromisos presupuestarios comunitarios relativos a los programas operativos se efectuarán por fracción anual para cada Fondo y cada objetivo entre 2007 y 2013. El primer compromiso presupuestario se contraerá antes de la adopción por parte de la Comisión de la decisión de aprobación de los programas operativos de los Estados miembros. Los compromisos sucesivos serán contraídos por la Comisión a más tardar el 30 de abril de cada año basándose en la decisión de otorgar una contribución con cargo a los Fondos.
Los Estados miembros se responsabilizan de la gestión y del control de los programas operativos. En particular, velan por que los sistemas de gestión y de control se establezcan de conformidad con las disposiciones del presente Reglamento. Además, previenen, detectan y corrigen las irregularidades y recuperan los importes indebidamente abonados.
Instrumentos y documentos de gestión de Fondos Europeos.
¿Qué es una Evaluación Intermedia?
La evaluación es un ejercicio reglamentario cuya finalidad es analizar las realizaciones, resultados e impactos de las intervenciones públicas con criterios independientes y objetivos. El proceso de evaluación se divide en tres fases: la evaluación previa, la evaluación intermedia, y la evaluación final.
¿Qué es el Informe de Sostenibilidad Ambiental (ISA)?
El ¿Informe de Sostenibilidad Ambiental¿ forma parte del proceso de Evaluación Ambiental Estratégica al que es sometido el Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional, correspondiente a la etapa 2007-2013. Su elaboración, responde a las exigencias de la Ley 9/2006 de 28 de abril, relativa a la evaluación de los efectos de determinados planes y programas, sobre el medio ambiente. Dicha Ley, incorpora al derecho interno español la Directiva 2001/42/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de junio de 2001, que establece y regula el proceso de Evaluación Ambiental Estratégica (EAE).
La finalidad del proceso de Evaluación Ambiental Estratégica es integrar el medio ambiente en las políticas sectoriales, garantizando de este modo, la consecución de un desarrollo sostenible, que permita alcanzar los grandes retos en materia de prevención y reducción de la contaminación, uso racional de recursos naturales, innovación tecnológica y cohesión social. Asimismo, el proceso fomenta la transparencia y la participación ciudadana, permitiendo el acceso a una información exhaustiva y fidedigna del proceso planificador.
¿Qué es el Manual de Procedimiento del DOCUP?
Documento en el que se enmarcan los programas regionales de la Unión Europea, se exponen los objetivos de esta política y los instrumentos de intervención utilizados para su consecución, la correspondencia entre objetivos y fondos, y las características generales del proceso de asignación y utilización de los instrumentos de ayuda.
¿Qué es el Comité se seguimiento?
Es un órgano de control y seguimiento de la gestión de los Programas Operativos y de los Documentos Únicos de Programación. Tiene lugar anualmente.
Se compone de una serie de miembros permanentes con el fin de que haya un número lo más amplio posible de sectores y ámbitos sociales representados.
¿Qué es el DOCUP?
Es un único documento aprobado por la Comisión que agrupa los elementos contenidos en un marco comunitario de apoyo y en un programa operativo.
¿Qué es el Complemento de Programa?
Documento por el que se aplican la estrategia y las prioridades de la intervención y que contiene los elementos detallados de la misma al nivel de las medidas, elaborado por el Estado miembro o la autoridad de gestión y revisado. Se transmitirá a la Comisión a título informativo.
¿Qué es el Informe Anual del DOCUP?
Es un documento que informa de la ejecución de las operaciones cofinanciadas durante una anualidad en concreto con cargo al DOCUP de una Intervención regional. Se elabora en aplicación de lo dispuesto en el apartado 1 del artículo 37 del Reglamento (CE) nº 1260/1999 del Consejo, que establece que, cuando se trate de una intervención plurianual, la autoridad de gestión enviará a la Comisión un informe anual de ejecución.
Objetivos del período 2007-2013
Objetivo Cooperación territorial Europea para el período 2007-2013.
El objetivo de Cooperación territorial europea pretende reforzar la cooperación a nivel transfronterizo, transnacional e interregional, sobre la base de la antigua iniciativa comunitaria INTERREG . Este objetivo se financiará a través del FEDER; se trata de hallar soluciones comunes en el sector del desarrollo urbano, rural y costero, el desarrollo de las relaciones económicas y la creación de redes de pequeñas y medianas empresas (PYME), para las autoridades que se encuentren geográficamente próximas. La cooperación se centrará en la investigación, el desarrollo, la sociedad de la información, el medio ambiente, la prevención de los riesgos y la gestión integrada de los recursos hídricos.
Este objetivo cubrirá las regiones de nivel NUTS III situadas a lo largo de las fronteras terrestres internas, algunas fronteras externas, así como ciertas regiones situadas a lo largo de las fronteras marítimas y separadas por un máximo de 150 kilómetros. La Comisión deberá adoptar la lista de las regiones cubiertas por este objetivo.
Objetivo Convergencia para el período 2007-2013.
El objetivo de Convergencia, tiene por objeto acelerar la convergencia de las regiones y los Estados miembros menos desarrollados mediante la mejora de las condiciones de crecimiento y empleo. Se destina a los Estados miembros y las regiones menos desarrollados. Los ámbitos de intervención serán el capital físico y humano, la innovación, la sociedad del conocimiento, la capacidad de adaptación a los cambios, el medio ambiente y la eficacia administrativa. Se financiará a través del FEDER, el FSE y el Fondo de Cohesión.
Dentro del Objetivo Convergencia, aunque definido para la totalidad de cada Estado, se incluye la financiación del Fondo de Cohesión para aquellos países cuya RNB per cápita en paridad de poder adquisitivo (PPA), sea inferior al 90% de la media de la UE 25. Como fruto del proceso de negociación, y como aspecto muy relevante para España, se ha incluido un período transitorio de salida del Fondo de Cohesión como reconocimiento del efecto estadístico a nivel nacional.
Objetivo Competitividad regional y empleo para el período 2007-2013.
El objetivo de Competitividad regional y empleo trata de reforzar la competitividad, el empleo y la capacidad de atracción de las regiones no incluidas en el grupo de regiones menos favorecidas. Este objetivo debe permitir anticipar los cambios económicos y sociales y fomentar la innovación, la iniciativa empresarial, la protección del medio ambiente, la accesibilidad, la capacidad de adaptación y el desarrollo de mercados de trabajo que favorezcan la integración. Se financiará a través del FEDER y del FSE. Asimismo, se incluye en esta prioridad un tratamiento especial transitorio o phasing-in para las regiones que salen de Objetivo 1 por su propio desarrollo (efecto crecimiento), es decir, cuyo PIB per capita supere el 75% del PIB medio de la UE 15 y de la nueva media de la UE 25.
Las intervenciones se centrarán en un número limitado de prioridades estratégicas relacionadas con las Agendas de Lisboa y Gotemburgo.
¿Cuales son los objetivos de la Política de Cohesión para el período 2007-2013?
Para el nuevo periodo se propone un marco simplificado para la política de cohesión basado en tres prioridades (que sustituyen a los objetivos actuales), a fin de garantizar la adecuada aplicación de las agendas de Lisboa y Gotemburgo, pero teniendo en cuenta las circunstancias específicas de las regiones.
Estos objetivos son : 1.Objetivo Convergencia 2.Objetivo Competitividad regional y empleo 3.Cooperación territorial y europea
¿En que objetivo del periodo 2007-2013 está encuadrada Baleares? ¿De que forma están encuadradas las demás regiones de España?
Baleares está encuadrada en el objetivo de competitividad regional y empleo. Las demás regiones españolas se encuadran de la siguiente manera:
- Regiones dentro del objetivo convergencia: Andalucía, Castilla-La Mancha,
Extremadura y Galicia.
- Regiones dentro del objetivo phasing-out: Asturias, Murcia, Ceuta y Melilla.
- Regiones dentro del objetivo phasing-in: Valencia, Castilla León y Canarias.
- Regiones dentro del objetivo de competitividad regional y empleo: Cantabria, Aragón,
Baleares, Cataluña, Madrid, País Vasco, Navarra y La Rioja.
Fondos Estructurales. Fondo de Cohesión. Iniciativas Comunitarias.
Fondos Estructurales. Principios y objetivos.
Son los fondos comunitarios que sirven para financiar las acciones "estructurales" de la Unión, es decir, las que tienen por objeto reducir las divergencias de desarrollo entre las regiones. El Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) es la principal herramienta financiera de los programas regionales. Sus financiaciones son completadas, según los casos, por las del Fondo Social Europeo (FSE) para las acciones de formación y lucha contra el desempleo y las del Fondo Europeo de Orientación y de Garantía Agrícola (FEOGA) para las acciones de desarrollo rural. El IFOP (Instrumento Financiero de Orientación de la Pesca) reúne, desde 1994, todos los instrumentos financieros relativos a la pesca.
¿Qué es el Fondo Social Europeo?
Creado en 1960, el FSE es el instrumento más importante de la política social comunitaria. Aporta ayuda financiera para programas de formación y reconversión profesional y creación de empleo. Apoya a proyectos que impliquen la mejora del funcionamiento de los mercados de trabajo y la reinserción profesional de los desempleados. Otras medidas están destinadas a la igualdad de oportunidades, ayudar a los trabajadores a adaptarse a los cambios laborales y a modificar los sistemas de producción.
Para el período 2007-2013, se establece que el FSE apoyará acciones en el marco del objetivo de «convergencia» (para las regiones menos desarrolladas) y del objetivo «competitividad regional y empleo» (que trata de anticipar y promover los cambios económicos para hacer frente a los retos).
el FSE tiene por objetivo:
- lograr el pleno empleo;
- mejorar la calidad y la productividad del trabajo;
- promover la integración social (en particular, el acceso de las personas desfavorecidas al empleo);
- reducir las disparidades nacionales, regionales y locales en materia de empleo.
¿Qué es el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural?
Representa el instrumento único de financiación de la política de desarrollo rural, el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER), que ha iniciado su andadura el 1 de enero de 2007. La utilización de un único Fondo contribuirá a mejorar la competitividad de los sectores agrario y forestal, el medio ambiente y la gestión del espacio rural, así como la calidad de vida y la diversificación de actividades en las zonas rurales. El FEADER financiará asimismo estrategias de desarrollo local y medidas de asistencia técnica (proyectos análogos a Leader).
El Fondo contribuirá a la realización de los tres objetivos correspondientes a los tres ejes de desarrollo rural definidos a nivel comunitario, es decir:
- aumento de la competitividad de la agricultura y la silvicultura a través de la ayuda a la reestructuración;
- mejora del medio ambiente y del entorno rural a través de la ayuda a la gestión territorial;
- mejora de la calidad de vida en las zonas rurales y fomento de la diversificación de las actividades económicas.
La intervención del Fondo complementa las actuaciones nacionales, regionales y locales y contribuye al logro de las prioridades comunitarias. La Comisión y los Estados miembros deben asimismo garantizar la coherencia entre la asistencia procedente de este Fondo y de los Estados miembros con las actuaciones, las políticas y las prioridades de la Comisión y con las medidas financiadas con cargo al Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA).
¿Qué es el Fondo Europeo de Pesca?
Se establece para el período 2007-2013 un nuevo Fondo Europeo de Pesca (FEP) fijando sus ejes y objetivos prioritarios y definiendo las competencias y el marco financiero. Asimismo, el Reglamento establece los procedimientos de programación, gestión, seguimiento y control del FEP. El nuevo fondo prevé ayuda financiera para facilitar la aplicación de la última reforma de la política pesquera común (PPC) y apoyar las reestructuraciones necesarias debidas a la evolución del sector.
El FEP contribuirá económicamente al logro de objetivos económicos, medioambientales y sociales encaminados a:
- garantizar el mantenimiento de las actividades pesqueras y la explotación sostenible de los recursos pesqueros;
- reducir la presión sobre las poblaciones, equilibrando las capacidades de la flota comunitaria respecto a los recursos marinos disponibles;
- fomentar un desarrollo sostenible de la pesca interior;
- reforzar el desarrollo de empresas económicamente viables en el sector pesquero y aumentar la competitividad de las estructuras de explotación de los recursos;
- favorecer la conservación y la protección del medio ambiente y los recursos marinos;
- promover el desarrollo sostenible y la mejora de la calidad de vida en zonas con actividades en el sector de la pesca;
- promover la igualdad entre hombres y mujeres en el desarrollo del sector pesquero y de las zonas de pesca.
Fondo de Cohesión. Objetivo
El Fondo de Cohesión, creado en 1993, tiene como misión reforzar la cohesión económica y social de la Unión Europea (UE), promoviendo al mismo tiempo el desarrollo sostenible.
¿Qué es una Iniciativa Comunitaria?
Programa de apoyo de acción que completa las medidas de los Fondos Estructurales en ciertas áreas. La Comisión elabora la iniciativa y ésta se coordina y aplica bajo el control nacional. Cuatro iniciativas comunitarias han sido propuestas para el período 2000-2006:
Interreg formenta la cooperación transfronteriza, transnacional e interregional
Leader tiene como objetivo promover el desarrollo rural a través de iniciativas de grupos de acción local.
Equal intenta eliminar los factores que dan lugar a las desigualdades y a las discriminaciones en el acceso al mercado de trabajo.
Urban que impulsa la rehabilitación económica y social de ciudades y barrios en crisis.