desc_7_punt.pngCFS, especialidad ingeniería agrónoma. Nota informativa sobre el desarrollo del tercer ejercicio.

 El Tribunal Calificador hace públicos los acuerdos siguientes:

1. Sólo se permitirá NORMATIVA (por ejemplo, reales decretos, decretos, órdenes...). Se aceptarán los anexos de esta normativa publicados en boletín oficial como parte inseparable de la norma. Si la norma remite a un enlace, también se aceptará el documento que contiene.

De ámbito europeo, se admitirán reglamentos, directivas, decisiones, recomendaciones y dictámenes (todos las fuentes del derecho de la Unión Europea), sin perjuicio de lo indicado en el apartado 3.

2. No se aceptarán actos administrativos (por ejemplo, resoluciones, circulares, instrucciones...), aunque estén publicados en boletín oficial.

3. Tampoco se aceptarán documentos de trabajo -ni planes, programas...- aunque estén aprobados por una norma. Por ejemplo, no se aceptará el Programa de Desarrollo Rural, aunque esté aprobado por decisión europea, teniendo en cuenta que la decisión europea no incluye adjunto el PDR aprobado (y de acuerdo con lo indicado en el apartado 1).

4. Se aceptará que la normativa lleve marcadores (tipo Post- it) para separar las normas entre sí.

5. El tribunal entregará a todos los opositores bolígrafos y cinta correctora.

6. Antes del inicio y durante el desarrollo de la prueba, el tribunal podrá revisar todos los opositores el material que lleven, a fin de comprobar que se ajusta a las pautas proporcionadas por este tribunal.