Características de las ayudas de los minimis
Las ayudas de mínimis son ayudas públicas de pequeña cuantía que se cosideren compatibles con el mercado interior para no alterar la libre competencia. En este caso no hace falta notificar su concesión a la Comisión Europea.
Las características son:
- Importe reducido: no superan una determinada cantidad (300.000€ a todos los efectos) durante un periodo de 3 años (los 3 años previos a la fecha).
- Concepto de única empresa (incluye todas las empresas del mismo grupo).
- Ayudas no sujetas a notificación (Reglamento (UE) 2015/1588 del Consejo).
- Control por el Estado miembro.
Para poder aplicar uno de los cuatro reglamentos de minimis (general, agrícola, pesca y acuicultura y servicios de interés económico general), las medidas que se quieren ejecutar tienen que cumplir todas las condiciones que se establecen en los Reglamentos mencionados (importes, transparencia de la ayuda, acumulación y control).