Procedimientos de incentivos regionales
Todos los procedimientos se tienen que llevar a cabo ante el órgano competente de la Comunidad Autónoma respectiva. En las Islas Baleares esta competencia recae en la Dirección general de Fondos Europeos (DGFE) de la Consejería de Economía, Hacienda e Innovación.
La DGFE es la encargada de gestionar y tramitar los expedientes de solicitud, informar de la ejecución de los proyectos, hacer el seguimiento de los proyectos y emitir el informe del grado de cumplimiento de las condiciones de las concesiones.
Solicitud de subvención de incentivos regionales
El procedimiento se establece en el art. 1 de la Orden HAC/714/2024
- Documentos necesarios para acogerse a los incentivos regionales
- Iniciar un procedimiento de solicitud
Solicitud de modificación del plazo del proyecto
Modificación de los plazos de cumplimiento de las condiciones impuestas en la resolución individual por causas justificadas, art 31 del RD 899/2007
- Impresos para solicitar una modificación de plazo
- Iniciar un procedimiento de modificación del plazo (prórroga/reducción)
Solicitud de modificación del proyecto de inversión
Para incidencias posteriores a la concesión (art 31 RD 899/2007):
a) Modificaciones al proyecto inicial, siempre y cuando éstas supongan, una minoración de los incentivos concedidos, del importe de la inversión aprobada o del número de los puestos de trabajo a crear, que no excedan del 10 por 100 de los inicialmente aprobados.
b) Cambio de denominación o de las circunstancias societarias con o sin cambio de titularidad que afecten al proyecto.
c) Cambio de ubicación del proyecto cuando se produzca dentro de la misma zona de promoción económica.
d) Modificaciones de los plazos y/o calendarios de cumplimiento de condiciones para la ejecución del proyecto y para el cumplimiento de las condiciones particulares de la concesión, que deberán solicitarse al menos 2 meses antes del vencimiento de los mismos.
e) Modificaciones de los puestos de trabajo a mantener por la titular como consecuencia de operaciones societarias.
Solicitud de liquidación de subvención (cobro)
El procedimiento se inicia con la acreditación del cumplimiento de las condiciones establecidas en la resolución individual, art. 2 de la Orden HAC/714/2024.
- Documentos para el cobro de la subvención
- Iniciar un procedimiento de solicitud de liquidación de subvención
Otros procedimientos (aportación de documentos)
Aportación de documentación (de oficio) como la aceptación de la subvención, la acreditación de la presentación de la Resolución Individual en el Registro Mercantil, la acreditación de las autorizaciones, licencias y permisos para la ejecución de las inversiones y la acreditación del mantenimiento del empleo y de las inversiones