Volver

Portal de voluntariado

Forum Balear del voluntariado


Qué es el forum del voluntariado?

El artículo 19 de la Ley 3/1998, de 18 de mayo, creó el Fórum Balear del Voluntariado como el órgano consultivo de coordinación, de promoción de la participación de la ciudadanía en las organizaciones de voluntariado, de fomento de la formación de las personas voluntarias y de la investigación en materias de interés general reconocidas en la Ley.

Composición del Forum Balear del Voluntariado

En conformidad con el que prevé el Decreto 51/2021, de 20 de diciembre, por el cual se modifica el Decreto 83/2015, de 25 de septiembre, por el cual se regula la composición y el régimen de funcionamiento del Fórum Balear del Voluntariado, el Fórum del Voluntariado está formado por los miembros siguientes:

-Presidenta: la persona titular de la consejería que tengui las competencias en materia de voluntariado presidirá el Fórum Balear del Voluntariado

-Vicepresidenta primera: la persona titular de la dirección general competente en materia de voluntariado

-Vicepresidente/a segundo/a: la persona que ocupe la presidencia de la Plataforma del Voluntariado de las Islas Baleares

-Secretario/a: (con voz sin voto) una persona que sea funcionaria adscrita a la dirección general que tenga las competencias en materia de voluntariado. La tiene que designar el presidente o la presidenta del Fórum.

-Vocales:

a) Una persona en representación de la Administración del Gobierno de las Islas Baleares por cada una de las materias siguientes: servicios sociales, juventud, sanidad, medio ambiente, cultura, deportes, educación y universidad, y protección civil. Estas personas tienen que ser propuestas por la secretaría general de la consejería competente por razón de la materia.

b) Una persona en representación de cada cabildo .

c) Una persona en representación del Ayuntamiento de Palma .

d) Una persona en representación de la Federación de Entidades Locales de las Islas Baleares (FELIB).

e) Una persona en representación de la Universitat de les Illes Balears.

f) Una persona en representación del Consejo de Cooperación, regulado en el Decreto 1/2006, de 13 de enero, elegida entre las entidades que forman parte.

g) Ocho personas en representación de las entidades de voluntariado integradas en la Plataforma del Voluntariado de las Islas Baleares. Serán propuestas por la presidencia de la Plataforma del Voluntariado de las Islas Baleares a propuesta de su Comisión Ejecutiva entre las entidades que formen parte, de acuerdo con criterios objetivos de selección. Preferentemente estas personas tienen que ser voluntarias y pertenecer a entidades que tenguin por objeto diferentes sectores de actuación.

h) Ocho personas en representación del resto de entidades de voluntariado, no integradas en la Plataforma de Voluntariado de las Islas Baleares. La dirección general competente en materia de voluntariado, anualmente, promoverá un proceso para seleccionar los representantes de cada una de las islas, de entre las entidades inscritas al censo que presenten propuestas. En caso de haber más solicitudes que cosos, se hará un sorteo. De entre las ocho:

-Dos en representación de las entidades de voluntariado de la isla de Mallorca.

-Dos en representación de las entidades de voluntariado de la isla de Menorca.

-Dos en representación de las entidades de voluntariado de la isla de Ibiza.

-Dos en representación de las entidades de voluntariado de la isla de Formentera.

y) Una persona en representación de la entidad Fórum de Entidades del Tercer Sector de Menorca.


Sesiones del Forum Balear de Voluntariado

-